ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL CEIP DE NADELA (LUGO)
CAPITULO I
DENOMINACION, FINES, DOMICILIO, ÁMBITO:
Artículo 1º. Con la denominación de Asociación de Padres de Alumnos del CEIP de Nadela (Lugo), procede a adaptar los Estatutos de ésta Asociación, al amparo de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación 8/1985 y de la Ley Orgánica 1/2002 de 2 2 de Marzo y demás leyes y disposiciones complementarias, con capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.
Artículo 2º. Esta asociación se constituyó por tiempo indefinido.
Artículo 3º. Tiene como fines los siguientes:
a) Asistir a los padres y tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos y pupilos.
b) Colaborar en las actividades educativas y extraescolares del centro.
c) Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del centro.
d) Asistir a los padres de los alumnos en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y gestión del centro.
e) Facilitar la representación de los padres de alumnos en el Consejo Escolar del centro.
f) Estimular la participación de los padres de alumnos en la programación general de la enseñanza a través del órgano colegiado correspondiente.
g) Fomentar las relaciones de cooperación del centro con otros establecimientos escolares y los sectores sociales y culturales del entorno.
h) Promover la plena realización del principio de gratuidad en el ámbito del centro así como la efectiva igualdad de derechos de todos los alumnos sin discriminación por razones socioeconómicas, ideológicas, confesionales, raza o sexo.
i) Requerir a los poderes públicos el cumplimiento de las leyes como reglamentos y planes de actuación relativos a la educación, recabando la tensión y ayudas que esta merece.
j) Promover actividades formativas, culturales y de estudio.
k) Promover reuniones de colaboración de padres con profesores y las buenas relaciones entre ambos.
l) Y todos aquellos otros no recogidos en los estatutos y que sean conformes a la ley.